En este Auto la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la sentencia de la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior de Bogotá, en la que se declaró que "entre MARTÍN ALONSO MARÍN GRISALES y AVIANCA S.A., existe un contrato de trabajo que inició el 10 de enero de 2006 y aún se encuentra vigente y que la Cooperativa de Trabajo Asociado SERVICOPAVA actuó como intermediaria". Martín Alonso sufrió un accidente laboral al caer de un avión lo cual lo dejó limitado físicamente. Su problema desembocó en un pleito legal contra Avianca, Servicopava y Coopava y en el reconocimiento por los jueces de la existencia del contrato realidad.
Auto AL6022-2014 de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia
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