Bogotá, 04 de enero de 2023 

Señora (r)
GLORIA INES RAMIREZ RIOS
MINISTRA DE TRABAJO

ADRIÁN NEUHAUSER

PRESIDENTE AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO AVIANCA SA 

Ref: Derecho de petición solicitud de mesa de diálogo social bajo el convenio 154 OIT, para definir aumentos salariales 2023 

Cordial saludo, 

DANNY MIGUEL MORENO FONTECHA , identificado como aparece al pie de mi firma, en mi calidad de representante legal de la  ASOCIACION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR AEREO Y DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS ANTSA , me permito hacer uso del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia reglamentada por la ley 1755 de 2015 basada en los siguientes

 HECHOS

  1. Ingresé a la aerolínea el 11 de diciembre de 2003 a través de Misión Temporal con contrato por obra o labor, a partir del 01 de junio de 2005 por directriz de Avianca se me trasladó a la precooperativa de trabajo asociado SERVICOPAVA. Durante ese periodo hasta el año 2017 los aumentos salariales anuales de los trabajadores tercerizados se utilizarán para el mes de marzo sin retroactivo.
  2. El 31 de octubre de 2017 el Ministerio de Trabajo y Avianca empleó un acuerdo de formalización laboral en donde se me vinculó a la aerolínea en el cargo de Agente de Equipajes mediante contrato a término fijo de un año, desmejorando mi salario básico de $983.697 a $859.465 ; es decir $124.232.
  3. Por política de Avianca los aumentos salariales se aplican a partir del mes de junio, en 2018 por decisión unilateral de la aerolínea se me cambio de cargo asignándome como Agente de Servicio al cliente con salario de $1'080.000, esto con el propósito de rotar al personal del área de Equipajes en las distintas asignaciones del área de Servicio al Cliente cuya remuneración salarial estando en SERVICOPAVA era de alrededor de $1'154.000; desmejorada en el salario básico por efectos del mencionado también Acuerdo de Formalización.
  4. Para junio de 2019 el salario determinado por la empresa para mi cargo se ajustó a $1'117.000
  5. Para los años 2020 y 2021 la compañía tomó la decisión de no aumentar los salarios.
  6. Desde nuestro análisis por efecto del Laudo Arbitral emitido el 25 de mayo de 2021 de la organización sindical  SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR AEREO Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS “SINTRAEREOS” , en enero de 2022 la empresa aumentó el salario a $1'161.725.
  7. Conocemos de la existencia de trabajadores cobijados por la convención colectiva del  SINDICATO DE TRABAJADORES DE AVIANCA “SINTRAVA”  que ostentan el mismo cargo cuya remuneración básica a febrero de 2020 era de $2'116.765.
  8. Para el año 2017 cuando se realizó el acuerdo de formalización laboral el salario mínimo en Colombia era de $737.717, el salario básico para el cargo de Agente de Servicio al Cliente de Aeropuertos era de $1'154.000; es decir existía una diferencia de $416.283. Frente al anuncio del aumento salarial del salario mínimo para 2023 esa diferencia quedaría en poco más de $1.000.
  9. Bajo esta situación vivida en los últimos 19 años, queda en evidencia que las políticas aplicadas por la aerolínea AVIANCA; hasta hoy avaladas por EL MINISTERIO DE TRABAJO, se han salido del marco normativo establecido en la Constitución Política de Colombia y normativa vinculante de la OIT en lo referente a los principios de  PROGRESIVIDAD, JUSTICIA, DIGNIDAD Y MOVILIDAD SALARIAL, entre otros.
  10. El pasado 29 de diciembre el presidente de la compañía allego a los correos corporativos de los trabajadores una comunicación frente a los aumentos salariales para este año, cuyo contenido recibimos con suma preocupación ya que pretenden mantener las mismas políticas que han sido sumamente lesivas para los trabajadores de la empresa, precisamente por esa conducta histórica contraria al respeto de la ley es que hoy existen cerca de 20 organizaciones de trabajadores.
  11. Para la implementación de los acuerdos de paz se posteriormente a los principios de  VERDAD, JUSTICIA, REPARACIÓN y GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN, las trabajadoras y trabajadores en Colombia hemos vivido durante décadas diferentes formas de violencia, el momento histórico llama a transformar las relaciones sociales mediante hechos concretos. Lo aquí expuesto muestra con claridad la precarización laboral que ha logrado la apertura económica y el modelo neoliberal, llevamos décadas bajo el predominio de la especulación financiera que somete naciones, empresas y personas.Bajo el principio de “crisis es oportunidad”, luego de la pandemia las pérdidas se descargan sobre la clase trabajadora y los ciudadanos, sometidos a una carestía y devaluación de las monedas frente al dólar sin precedentes. La situación se torna cada vez más insoportable por la pérdida de poder adquisitivo en los salarios.
  12. En nuestro pliego de peticiones tenemos varias propuestas para resolver la problemática salarial que nos aqueja. Cabe señalar que la empresa se negó a concretar una convención colectiva por lo que acudimos al Tribunal de Arbitramento el cual emitió un Laudo a todas las luces sin los mínimos establecidos bajo los diferentes pronunciamientos de la Corte por la cual acudimos al recurso de nulidad ante la misma y estamos esperando su decisión.
  13. La situación aquí planteada se extiende a todas las áreas de la compañía, siendo OPERACIONES TERRESTRES la más afectada luego de la implementación del acuerdo de formalización.         

 PETICIÓN

  1. Bajo lo establecido en el convenio 154 de la Organización Internacional del Trabajo OIT se convoque a la brevedad a una mesa de negociación tripartita con el sindicato ANTSA, sugerimos invitar a todas las organizaciones existentes en la aerolínea AVIANCA para discutir y acordar el aumento salarial de los trabajadores de para el año 2023.

 PRUEBAS

- Comprobante del último pago emitido por SERVICOPAVA donde se evidencia el salario básico devengado por los Agentes de Equipajes antes de la formalización laboral.

- Contrato de trabajo a término fijo definido por AVIANCA y el Ministerio de Trabajo donde se establece el salario básico desmejorado para la formalización laboral.

- Carta fechada 25 de julio de 2018 donde se me notifica la decisión unilateral de AVIANCA para cambiarme de carga.

- Desprendible de nómina de trabajador de SINTRAVA correspondiente a febrero de 2020 donde se evidencia la brecha salarial en el cargo de Agente de Servicio al Cliente.

- Comunicación emitida el pasado 27 de diciembre por el presidente de AVIANCA donde anuncia los parámetros definidos para el aumento salarial.

 

Agradecemos su gestión y pronta respuesta,

ASOCIACION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR AEREO Y DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS - ANTSA -

DANNY MIGUEL MORENO FONTECHA
CC 80.209.312.
Presidente ANTSA
Comité Ejecutivo Confederación UTC

 

 

CC: Viceministro de Trabajo, OIT, ACAV, SINTRATAC, ACMA, ASOTRATAMPA, ACDAC, SINTRAEREOS, SINTRASAI, SINTRAVA, SINDITRA, ASOTRAVA, SINTRAAVIANCA, SINTRASACS, ODEA, ADPA, SINTRAUNIAVIANCA, UTC.