El 15 de enero ANTSA les presentó a Avianca y a Servicopava un pliego de peticiones con 61 puntos que recogen las principales reivindicaciones de los trabajadores vinculados a la aerolínea mediante la intermediación de la supuesta cooperativa. Ante el pliego las dos empresas se negaron a negociar. Avianca respondió que no teníamos vínculo laboral con ella y Servicopava adujo que no era una empresa del transporte aéreo y que, al ser “socios”, no teníamos derecho a sindicalizarnos ni a presentar pliegos de peticiones. El sindicato interpuso una querella por negativa a negociar ante el Ministerio del Trabajo en la que demostramos que sí laboramos para Avianca bajo relaciones de subordinación y que Servicopava es tan sólo una intermediaria ilegal. En este momento estamos a la espera de que el Ministerio decida, con la seguridad de que tenemos la razón.

La negociación de un pliego de peticiones es un pulso en el que los trabajadores demuestran su fuerza ante la empresa, para que se sepa que están dispuestos a ir incluso a la huelga si es necesario para hacer valer sus derechos. Todos los pasos que ha dado ANTSA se encuentran en el marco de la Ley que contempla los derechos de organización, negociación colectiva y huelga, los cuales Avianca nos quiere desconocer usando ilegalmente la intermediación de Servicopava. Hacemos un llamado a todos nuestros afiliados —y a los que no lo son— a que conozcan el pliego, el cual pueden descargar de nuestra página Web: http://antsa.org. Aquí les presentamos un resumen de sus puntos principales:

  • Reconocimiento para los “cooperados” del contrato realidad. Esto es, la existencia de contratos directos y a término indefinido con Avianca desde la fecha de ingreso a Servicopava, incluyendo el tiempo de vinculación con Misión Temporal-Serdán. Cuando el trabajador haya laborado para SAM o ACES, la antigüedad deberá reconocerse desde el momento del enganche a cualquiera de estas dos compañías.
  • Estabilidad en el empleo mientras subsistan las causas que le dieron origen y no existan razones justas de despido.
  • Jornada laboral de 8 horas diarias, 48 a la semana y tres turnos, que le permitan al trabajador gozar de tiempo para la familia, el descanso y la educación.
  • Eliminación de los llamados contratos Part Time, vigentes en varias bases, en los que por un salario mísero, inferior al mínimo legal, se le exige al funcionario disponibilidad permanente para trabajar jornadas de 4 horas cuando y como a Servicopava-Avianca se les antoja.
  • Establecimiento de un escalafón que permita ascender con base en la antigüedad, la formación, el puntaje en las pruebas que se practiquen y la hoja de vida.
  • Igualdad con el personal directo de Avianca en materia de salarios y prestaciones legales y extralegales.
  • Régimen disciplinario que garantice el debido proceso y el derecho de defensa. Eliminación de las multas, las sanciones sin fundamento y los despidos sin justa causa.
  • Respeto a las recomendaciones médicas y reubicación en condiciones laborales dignas y sin desmejoras salariales para los trabajadores con restricciones.
  • Apoyo para la educación de los empleados y de sus hijos. Servicio eficiente de transporte. Dotaciones de vestido y calzado de labor suficientes y de buena calidad.
  • Respeto al derecho de asociación sindical y negociación colectiva.

Respuesta Av

Facsímil de la carta de respuesta de Avianca a la presentación del pliego de peticiones

 
Respuesta Servicopava

Facsímil de la carta de respuesta de Servicopava a la presentación del pliego de peticiones